DisculPPen las molestias: Estamos Reformando España

Tras la reforma laboral que hizo Zapatero en 2010 la cual no fue apoyada por el PP ni por el PNV, CiU, CC ni UPyD, sin embargo, y aunque parezca mentira, Rajoy ha defendido ante los inversores la reforma laboral y de las pensiones que hizo Zapatero.

Ahora, la Reforma Laboral del PP (el que según Cospedal era el partido de los trabajadores) fue aprobada por el RD-Ley 3/2012 en el BOE 11/2/12, recoge la mayoría de las demandas de los empresarios de la CEOE y por tanto lejos de defender los intereses de los trabajadores, es posiblemente el mayor ataque a sus derechos que se recuerdan que ha habido durante la democracia, puesto que ha introducido profundos cambios y novedades en las relaciones laborales. Tanto es así que abarata brutalmente y subjetiviza el despido, ya que se pueden cambiar las condiciones laborales-sueldo, jornada, horario, función y lugar de trabajo- y se incentiva y bonifica al empresario, como si el dar trabajo fuera una obra de caridad que no le reportase pingües beneficios.

Propone una transferencia de renta de los trabajadores a los empresarios abaratando el despido para todos los contratos vigentes, desde 45 a 33 días por año trabajado. Más aún, permite suspender el convenio pactado en momentos de recesión y amplía las opciones de despido procedente incluso cuando no se tienen pérdidas sino la justificación de una disminución de ingresos durante tres trimestres.


Hace recaer en los ciudadanos parte del coste de la contratación de los empresarios, una transferencia de renta pues desde los contribuyentes a los empresarios, al subvencionar la contratación de los menores de 30 años con 3.000 euros y permitirles compaginarlo con el 25% de la prestación por desempleo. O, al tiempo, la subvención de 4.000 euros que se embolsará al empresario si contrata a un parado de larga duración.



- Ahora serán los propios trabajadores los que tendrán que demostrar lo improcedente del despido, en vez de tener que ser el empresario el que demuestre lo procedente del mismo.

- Que para los contratos realizados antes de la reforma, la indemnización será aún de 45 días por año trabajado, pero que para dichos contratos que vengan de antes, a partir de la misma, será tan sólo de 33 días por año trabajado, la cual seguirá durando tan sólo 42 meses.

- En el caso de que se trate de nuevos contratos que se firmen ahora, será igual que en el caso anterior, de 33 días por año trabajado, pero durante 24 meses, que eran los que tenía el contrato de fomento del empleo indefinido.
- Si una empresa tiene pérdidas durante tres meses seguidos, tendrá excusa para poder realizar despidos procedentes e indemnizar tan sólo con 20 días por año trabajado y durante 12 meses. Como se ha dicho arriba, ahora todos son procedentes salvo que el empleado demuestre lo contrario.
- Si la empresa alega que tiene problemas y que necesita ser más competente, podrá bajar los sueldos de aquellos que cobren por encima del convenio colectivo de su categoría.
- Los desempleados que cobren el paro y encuentren un trabajo, podrán seguir cobrando el 25% del paro y la empresa sólo le pagaría el 50%, pero sólo en el caso de los que realicen el nuevo contrato para emprendedores.
- En el verano de 2011, el Gobierno de Zapatero suspendió la prohibición de poder encadenar contratos temporales para los años 2012 y 2013 (lo cual le trajo bastantes críticas). Esta reforma establece un máximo de dos años a partir de 2013, con lo que en 2012 aún se podrán encadenar contratos temporales sin límite, pero en 2013 ya no.
- Los convenios seguirán en vigor durante un tiempo de dos años aunque no haya acuerdo para su renovación.
- Las PYMES de menos de 50 trabajadores tendrán unas bonificaciones de unos 3.000 € por contratar nuevos trabajadores menores de 30 años. Hay nuevas bonificaciones de hasta 3.600€ por contratar de forma indefinida a jóvenes entre 16 y 30 años, y de 4.500€ por contratar a parados de larga duración de más de 45 años.
Para los jóvenes se amplía la edad máxima para el contrato de aprendizaje como, probablemente, el primer paso para alcanzar los minijobs.


Un ejemplo brutal de hasta dónde se puede llegar ahora es que por ejemplo, los empresarios podrán despedir al trabajador si se falta al trabajo de forma intermitente durante el 20% de los días laborables durante 2 meses (o el 25% en 4 meses) aún teniendo una baja médica justificada y sólo tendrán que darle como indemnización 20 días por año trabajado. Para entendernos mejor, mirar la imagen.
Desde Izquierda Unida de Miranda de Ebro han realizado una serie de artículos para tratar de explicar esta Reforma Laboral, la cual entre otros pretende los siguientes objetivos: 



Y por si acaso fuera poco, ya están amagando con modificar la ley de derecho de huelga que está recogida en la Constitución en el artículo 28.2.






Las razones para ir a la manifestación son muchas, y los internautas ya las han ido expresando en twitter


Posiblemente sea por eso, para enfrentarse a todas estas revueltas que se prevén que vayan a haber por tomar estas medidas, que el Gobierno de Rajoy decidió ya nada más tomar posesión en diciembre, gastarse ni más ni menos que 1,5 M€ en gases lacrimógenos para dotar a la policía de medios para frenar a la gente. Para estas cosas no hay crisis, pero para lo demás sí. Curioso. Nos recortan para comprar gases lacrimógenos que frenen las protestas sociales.

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